Madrid, 23 de junio. Hoy se ha publicado en el BOE, el Real Decreto 617/2017, de 16 de Junio, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en 2017 (Plan MOVEA 2017). Este Real Decreto constituye la regulación del procedimiento para la concesión directa de ayudas correspondientes al Plan de Impulso a la Movilidad con Vehículos de Energías Alternativas a los combustibles tradicionales, así como para la concesión de ayudas para la implantación en España de puntos de recarga para vehículos eléctricos en zonas de acceso público, fomentando con ello la sostenibilidad en el sector del transporte  la disminución de las emisiones de CO2 y en general la mejora de la calidad del aire

A continuación resumimos los puntos más destacables de la ayuda:

  • Las subvenciones se otorgarán por orden de presentación, hasta agotarse el presupuesto disponible (14.260.000 euros) o si, ocurriera antes, hasta la fecha de vigencia del Plan (15 de Octubre).
  • Los beneficiarios de las ayudas son: profesionales autónomos, personas físicas mayores de edad residentes en España, empresas privadas, Entidades Locales públicas y sus vinculadas, Comunidades Autónomas y otras entidades públicas.
  • Para cada tipo de vehículo y según su fuente de energía hay un presupuesto determinado y una cuantía determinada por unidad de vehículo adquirido, por lo que os aconsejo que si os interesa ampliar la información, echéis un ojo a los artículo 5 y 6 del Real Decreto.
  • Los beneficiarios de las ayudas deberán mantener la titularidad del vehículo y su matriculación en España al menos durante dos años desde el momento de la concesión de la subvención.
  • Como siempre, las ayudas se tramitan a través de los puntos de venta.
  • La entrada en vigor del Plan será mañana, 24 de junio.