Novedades para los talleres cuando vendan cubiertas a partir de mayo de 2021:  Se especifica con más detalle la obligación de proporcionar información sobre la etiqueta en los puntos de venta.

Las nuevas etiquetas deberán ser claramente visibles para los consumidores, exhibirse cualquiera que sea el sistema de venta, incluso «en línea» y  proporcionar un código QR para escanear fácilmente.

Madrid, 14 de mayo. El Parlamento Europeo ha dado luz verde, tras votación en sesión plenaria, al nuevo Reglamento de etiquetado de neumáticos relativo al etiquetado de los neumáticos en relación con la eficiencia en términos de consumo de carburante y otros parámetros, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1369 y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1222/2009.

El equipo técnico de CONEPA ha realizado un análisis del texto, del que destaca estos puntos:

Las etiquetas incluirían información sobre la eficiencia del combustible y el agarre en pavimento mojado, en una escala de A a G (similar al etiquetado energético utilizado para los electrodomésticos), así como información sobre su nivel de ruido externo, expresado en decibelios.

  • Se especifica con más detalle la obligación de proporcionar información sobre la etiqueta en los puntos de venta. De manera que, las etiquetas deben ser claramente visibles para los consumidores, deben estar en exhibición en todas las situaciones donde se venden, incluso en línea, y deben proporcionar un código QR para escanear fácilmente.
  • Incluye datos sobre kilometraje, abrasión, recauchutado y adherencia tanto en nieve como hielo:  Los datos sobre kilometraje y resistencia a la abrasión se añadirán en cuanto estén disponibles métodos de ensayo. Por lo tanto, se añadirán iconos de adherencia en nieve y hielo y se actualizará el diseño de la etiqueta.
  • El nuevo sistema de etiquetado también se aplicará a los neumáticos para vehículos pesados (categoría C3), no incluidos en la actualidad en la normativa comunitaria. El acuerdo debe adoptarse formalmente por el Consejo de ministros.
  • Será de aplicación a partir del 1 de mayo de 2021.
  • El Reglamento incluye también a los neumáticos recauchutados. No obstante, desde el Consejo precisan que los requisitos relativos a los neumáticos recauchutados se aplicarán ”una vez se cuente con un método de ensayo idóneo para medir los resultados de dichos neumáticos”.
  • Se prevé que los neumáticos para camiones y autobuses también tendrán que llevar la etiqueta en el futuro